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- Plan de Beneficios en Salud | Familiar de Colombia
Plan de Beneficios en salud de la EPS Familiar de Colombia Inicio / Salud / Plan de Beneficios en Salud / Plan de Beneficios en Salud ¿Qué es el Plan de beneficios con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC)? Es el conjunto de servicios y tecnologías para la atención en salud y prestaciones económicas (incapacidades, licencias de maternidad y paternidad) a las que tienen derecho el afiliado y su grupo familiar por tener una afiliación vigente en el régimen contributivo y/o subsidiado que deben ser garantizadas por la EPS. Las coberturas de estos servicios se encuentran reglamentadas por el Gobierno Nacional en la Resolución 5857 de 2018 y son actualizadas año tras año. ¿Quiénes tienen derecho a acceder a los servicios del Plan de Beneficios? Los afiliados cotizantes (dependientes, independientes y los pensionados), así como los beneficiarios que conformen su grupo familiar y aquellos que cumplan con los requisitos para ser beneficiarios del régimen subsidiado. Servicios del Plan de Beneficios con cargo a la UPC Incluye un conjunto de acciones de prevención de la enfermedad y de recuperación de la salud desde la medicina preventiva básica hasta diversos tratamientos de alta complejidad, entre ellos están: Consulta odontológica Procedimientos odontológicos: obturaciones en amalgama y resina, exodoncias temporales y permanentes, tratamiento de conductos temporales y permanentes, consulta prioritaria de odontología, radiología oral, prótesis totales para usuarios con ingresos hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Actividades de promoción y prevención en Salud Oral: control de placa bacteriana, profilaxis, remoción de cálculos, sellantes de fosas y fisuras, fluorización y educación en salud oral. Atención inicial de urgencias. Diagnóstico: Laboratorio clínico, radiología, ecografías, medicina nuclear, resonancia electromagnética y escanografía. Hospitalización. Tratamientos quirúrgicos, en servicios de baja, mediana y alta complejidad. Apoyo terapéutico: Terapia física, respiratoria, ocupacional y del lenguaje. Suministro de medicamentos y principios activos señalados en la normatividad vigente. Plan de Beneficios en Salud para comunidades Indígenas La población indígena afiliada al Sistema General de Seguridad social en Salud tendrá cobertura con los contenidos previstos en la Resolución 5758 de 2018, en relación con lo definido para cada régimen, incluyendo los hogares de paso las guías bilingües. Una vez se defina el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI) este será utilizado como uno de los insumos de referencia para determinar los beneficios que le serán proporcionados. INSTITUCIONES Y RECURSOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE DERECHOS 3.1. Inspección, vigilancia y control Las Entidades Promotoras de Salud se encuentran sometidas a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que se encuentra ubicada en la ciudad de Bogotá D.C., en la Carrera 68A No. 24B-10, Torre 3, Pisos 4, 9 y 10, Edificio Plaza Claro, Recibo de Correspondencia, Local 10; Teléfono (60-1) 744 2000, línea gratuita nacional 01 8000 513700. Centro de atención al ciudadano Bogotá: Carrera 13 No. 28 - 08, Locales 21 y 22, Centro Internacional. Nuestros puntos de atención al usuario en el país se mencionan a continuación: -En el departamento de Antioquia, Carrera 31 29-10 del municipio de Arboletes; el horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua. -El punto de Atención en el Departamento del Atlántico, municipio de Soledad, Carrera 20 No. 14-58 Centro Edificio Plaza Olimpia, el horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua. - En el departamento de Bolívar, Cartagena en el Barrio Urbanización Santa Lucía Manzana F Lote 20 Diagonal 31B #69A75,. Y en el municipio de Magangué Carrera 16C No. 15-63 Barrio San Martín Esquina, El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua - En el departamento de Cesar, Centro Comercial Ronda Real 2 nivel Cartagena, El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua. - En el departamento de Córdoba, Carrera 24 9-62-Centro, Montería El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua. - En el departamento de Cundinamarca, municipio de Soacha en el Centro Comercial El Parque Local 271, El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua. - -En el departamento de La Guajira, Carrera 15 No. 7-10 Esquina Avenida los Estudiantes-Riohacha El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua. - La oficina del Departamento de Sucre se encuentra ubicado en la ciudad de Sincelejo, Calle 24 18-42, Centro. El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua. Otros organismos de inspección, vigilancia y control: - Ministerio de Salud y Protección Social: - Dirección: carrera 13 No. 32-76 Bogotá D.C. - PBX: (1) 3305000 FAX (1) 335050 - Línea gratuita de atención al usuario: 018000910097 - Correo electrónico: atencionalciudadano@minproteccionsocial.gov.co
- Cartera Aportantes | Familiar de Colombia
Son los periodos generados como mora por el incumplimiento en el pago de los aportes al SGSSS o el no registro de la novedad de retiro en el último pago del aportante Dependiente o Independiente. CARTERA APORTANTES Son los periodos generados como mora por el incumplimiento en el pago de los aportes al SGSSS o el no registro de la novedad de retiro en el último pago del aportante Dependiente o Independiente. Mora: Es el incumplimiento que se genera cuando existiendo una afiliación no se genera el pago de las contribuciones parafiscales de la protección social en los plazos establecidos en las disposiciones legales vigentes. Aportes: Es la contribución que realizan los empleadores que tengan uno o más empleados y/o los trabajadores independientes a través de la Planilla PILA. Aportante: Es la persona o entidad que tiene la obligación directa frente a la entidad administradora de cumplir con el pago de los aportes correspondientes al Sistema de la Protección Social. Cotizante: Se refiere a los trabajadores con relación de dependencia por los cuales se realiza el pago al Sistema de la Seguridad Social, o de los trabajadores independientes con capacidad de pago. PILA: Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. Novedades: Se refiere a los hechos que afectan al monto de las cotizaciones a cargo de los aportantes o de las obligaciones económicas que estos tienen frente al sistema, tales como: incapacidades, suspensiones del contrato de trabajo, variaciones no permanentes del IBC, ingreso y retiro, cambio de condición de independiente a dependiente. UGPP: Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales. Cobro Jurídico: Procedimiento genera para obtener el pago de las acreencias a través de la jurisdicción. FECHAS DE PAGO El Plazo para la autoliquidación y el pago de los aportes a los subsistemas de la protección social para trabajadores independientes y empresas con menos de 200 trabajadores: DOS ULTIMOS DIGITOS DEL NIT O DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DIA HÁBIL 00 al 07 2° 08 al 14 3° 15 al 21 4° 22 al 28 5° 29 al 35 6° 36 al 42 7° 43 al 49 8° 50 al 56 9° 57 al 63 10° 64 al 69 11° 70 al 75 12° 76 al 81 13° Invitamos a realizar sus aportes a través del operador ASOPAGOS ingresando al link: https://www.asopagos.com/ Recuerde que el operador PILA es el encargado de liquidar los intereses por cada periodo en mora en el momento de la generación de la planilla PILA. La EPS mensualmente remite las notificaciones del Aviso de incumplimiento a los correos de los aportantes que presentan MORA en sus aportes a la EPS y al SGSSS. Si desea realizar acuerdo de pago para ponerse al día en sus aportes al SGSSS puede remitir solicitud via correo electrónico o si ya realizó el pago puede remitir la Planilla PILA pagada al correo via correo electrónico o si desea solicitar un estado de cuenta de sus aportes en mora puede enviar solicitud: cartera.contributivo@epsfamiliardecolombia.com o puede realizarlo presencialmente acercándose a una de nuestras oficinas de atención al usuario mas cercana a su domicilio. Tenga en cuenta que la cartera generada por el incumplimiento en los aportes y no el registro de las novedades de retiro en el SGSS es remitida periódicamente a la UGPP y los aportes en mora genera intereses diarios.
- Consulta certificados | Familiar de Colombia
Consulta de certificados de afiliación de la EPS Familiar de Colombia Consulta de certificados
- Mision Vision Funciones y Deberes | Familiar de Colombia
La EPS Familiar de Colombia, como Entidad Promotora de Salud, tiene como misión asegurar el acceso a servicios de salud de calidad para sus afiliados y sus familias, promoviendo la prevención y el bienestar. Su visión es ser líder en el aseguramiento en salud a nivel nacional, con un enfoque en la sostenibilidad, la responsabilidad social y la atención centrada en el usuario. / Mision Vision Funciones y Deberes / Ley de Transparencia y Acceso a la Información Mision Vision Funciones y Deberes Misión Visión Valores Corporativos Estatutos Código de conducta y buen gobierno
- Abecé | Familiar de Colombia
Guía sobre temas referentes a la EPS Familiar de Colombia. / Abecé / Abecé EPS Familiar de Colombia Rutas de Atención Salud Mental Abecé Afiliados Asigandos Otras EPS Abecé Auditoria Concurrente Abecé ¿Cómo Afiliarme? ¿Cómo afiliarme? Abecé Viruela Símica Abecé Call Center Abecé Asociación de Usuarios Abecé Auditor de Calidad Abece Fidelización Abecé Lactancia Materna Abecé Licencia de Maternidad y Paternidad Abecé Incapacidades y/o Licencias Abecé Movilidad al Régimen Contributivo Abecé Participación Social Abecé Afiliación y/o Actualización de datos de empresa Abecé MIPRES Abecé PQR
- Tramites Recurso Humano | Familiar de Colombia
Consulta de certificados de afiliación de la EPS Familiar de Colombia Certificados y Volantes de Pagos
- Cronograma de Supersalud | Familiar de Colombia
El documento FT021, titulado "Cronograma de Depuración y Conciliación", es un documento de la Superintendencia Nacional de Salud de Colombia que establece el proceso para conciliar y depurar las cuentas por cobrar y por pagar entre las Entidades Promotoras de Salud (EPS), entidades adaptadas, entidades territoriales y prestadores de servicios de salud (IPS). Este cronograma, incluido en la Circular Externa 011 de 2020, detalla los pasos y plazos para realizar este proceso. FT 021 Cronograma de Depuración y Conciliación Año 2025 Primer Semestre 2025 Segunda Semestre 2025 Año 2024 Primer Semestre 2024 Segundo Semestre 2024 Año 2023 Primer Semestre 2023 Segundo Semestre 2023 Año 2022 Segundo Semestre 2022 FT021 - Segundo Semestre
- Convocatorias Particpación Social | Familiar de Colombia
Las "Convocatorias Participación Social | Familiar de Colombia" se refieren a procesos donde se invita a la ciudadanía, específicamente a familias, a involucrarse activamente en la toma de decisiones y acciones que impactan su entorno y bienestar, ya sea a nivel comunitario, local o nacional. Estas convocatorias buscan fortalecer la democracia participativa y promover la inclusión de diferentes voces y perspectivas en la gestión pública. Inicio / Convocatorias Particpación Social / Convocatorias Participación Social Consultar Otras Convocatorias
- Exclusiones y Limitaciones | Familiar de Colombia
Exclusiones y limitaciones en salud de la EPS Familiar de Colombia Inicio / Salud / Exclusiones y Limitaciones / Exclusiones y Limitaciones Exclusiones y Limitaciones del Plan de Beneficios en Salud EL Plan de Beneficios en Salud tiene exclusiones y limitaciones, que en general son todas aquellas actividades, procedimientos, intervenciones y guías de atención integral que no tengan por objeto contribuir al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad y aquellos que sean considerados como cosméticos, estéticos o suntuarios. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud y Protección Social expidió las Resoluciones 3951 de 2016 y 532 de 2017, mediante las cuales estableció el procedimiento que a partir del 1 de abril del 2017 regirá para el acceso, reporte de prescripción, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC (PBSUPC). La prescripción de estos servicios será realizada por el profesional de la salud tratante a través del aplicativo MIPRES que el Ministerio de Salud y Protección Social dispuso para tal fin cumpliendo los criterios definidos en las citadas resoluciones. Dentro de este nuevo procedimiento, la responsabilidad de la EPS consiste en garantizar el suministro de las tecnologías prescritas por los profesionales de la salud a través de la red de prestadores, recaudar los dineros pagados por copagos, cumplir con los requisitos y procedimientos para la presentación de las solicitudes de recobro, realizar las validaciones administrativas orientadas a determinar la existencia de los afiliados, su régimen y el estado de afiliación; realizar la transcripción de los servicios y tecnologías ordenadas mediante fallos de tutela en el aplicativo dispuesto para tal fin o en los casos de contingencia y, reportar al Ministerio la información necesaria relacionada con el suministro efectivo de las tecnologías no cubiertas por el PBSUPC. Cuando el profesional de la salud le ordene servicios o tecnologías no incluidas en el PBSUPC, le entregará al afiliado un formato o plan de manejo con un número de prescripción. La EPS le informará vía mensaje de texto o correo electrónico el lugar donde se le suministrará el servicio o la tecnología prescrita por el tratante, la cual será entregada dentro de los 5 días siguientes de su prescripción. En el caso que se ordene un servicio o tecnología complementaria, de soporte nutricional o medicamentos de la lista de Medicamentos de Usos No Incluidos en Registros Sanitarios – UNIRS, el profesional de la salud deberá consultar la pertinencia de su utilización a la Junta de Profesionales de la IPS. Una vez la IPS cuente con el concepto de la Junta, deberá registrar la decisión en el módulo del aplicativo MIPRES dispuesto para tal fin. La decisión de la junta, así como la información del lugar donde se le suministrará el servicio o la tecnología le será enviada por mensaje de texto o correo electrónico de igual manera y en los tiempos anteriormente enunciados. Tecnologías no financiadas con cargo a la UPC: El Artículo 15 de la Ley Estatutaria No. 1751 del 16 de febrero de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la Salud y se dictan otras disposiciones y Resolución 5857 de 2018 por la cual se modifica el PBSUPC, indican que los recursos públicos asignados a la salud no pueden destinarse a financiar servicios y tecnologías en los que se advierta el cumplimiento de alguno de los siguientes criterios o condiciones: a) Tecnologías cuya finalidad no sea la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación de la enfermedad. b) Tecnologías que tengan como finalidad principal un propósito cosmético o suntuario no relacionado con la recuperación o mantenimiento de la capacidad funcional o vital de las personas. c) Tecnologías de carácter educativo, instructivo o de capacitación, que no corresponden al ámbito de la salud, aunque sean realizadas por personal del área de la salud. d) Servicios no habilitados en el sistema de salud, así como la internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo hogar geriátrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida, entre otros. e) Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud, así sean prescritas por el médico tratante. f) Tecnologías en las cuales no exista evidencia científica sobre su seguridad, eficacia y efectividad clínica. h) Tecnologías cuyo uso no haya sido autorizado por la autoridad competente. Para el caso de los medicamentos e insumos, cuyo uso no haya sido autorizado por el INVIMA.
- Pensionados | Familiar de Colombia
• La EPS Familiar de Colombia presta los servicios especializados en Medicina Laboral con una gestión eficiente y oportuna de las solicitudes de los afiliados en el régimen Contributivo, como lo son la determinación de origen de accidentes de trabajo y enfermedades laborales y respuesta o apelación a notificaciones antes las Juntas Regionales de Calificación. Pensionados La EPS Familiar de Colombia cuenta con una amplia Red de Prestadores de Servicios de Salud en el régimen contributivo para brindar una atención con calidad, oportunidad e integralidad del Plan Obligatorio de Salud y una excelente infraestructura de oficinas para atención al usuario. A continuación, encontrará los requisitos para realizar los trámites de afiliación si se encuentra previamente afiliado al régimen subsidiado y fue notificado como pensionado por una administradora de pensiones: Diligenciar y firmar el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades ( Click Aqui ) Adjuntar resolución o carta expedida por la Administradora de Pensiones Copia del documento de identidad y de los miembros de su grupo familiar. Enviarlo al correo: aseguramiento.notificaciones@epsfamiliardecolombia.com
- Convocatoria laboral | Familiar de Colombia
Regresar PROFESIONAL FINANCIERO / CONTROL INTERNO Descripción del cargo: 📢 ¡Vacante disponible! PROFESIONAL FINANCIERO / CONTROL INTERNO Nos encontramos en la búsqueda de un/a Profesional Financiero/a comprometido/a con el fortalecimiento del sistema de control interno y la mejora continua de los procesos administrativos, contables y financieros de la entidad. 🔹 Descripción del cargo: Profesional en Ciencias Administrativas y/o Económicas y/o Contables que brindará apoyo al Jefe de la Oficina de Control Interno en el cumplimiento de los controles internos, identificando posibles desviaciones, agregando valor a la organización mediante la emisión de recomendaciones orientadas a corregir debilidades, mejorar la eficacia de los procesos y fortalecer el sistema de control interno. 🔹 Funciones principales: ✔ Preparar y ejecutar auditorías financieras y/o administrativas a las diferentes áreas de la entidad, de acuerdo con el cronograma definido (plan de auditoría, entrevistas, listas de chequeo, inspecciones físicas, muestreos, actas e informes preliminares y finales). ✔ Realizar seguimiento a los planes de mejoramiento suscritos con los líderes de procesos auditados. ✔ Apoyar la preparación y ejecución de capacitaciones institucionales sobre cultura de autocontrol, autogestión, autorregulación y control interno. ✔ Realizar arqueos de caja menor y emitir los informes correspondientes. ✔ Monitorear las actividades consignadas en el tablero de control y hacer seguimiento a compromisos adquiridos por las áreas. 📍 Ciudad: Barranquilla 📄 Tipo de contrato: A termino fijo 💰 Salario: A convenir 📧 Postulación: Enviar hoja de vida con soportes al correo electrónico: seleccion@epsfamiliardecolombia.com Vacante disponible hasta el 28 de Febrero del 2026 ✨ Si cuentas con experiencia en auditoría, control interno y deseas aportar al fortalecimiento organizacional, ¡esta oportunidad es para ti! Si cuentas con la mejor disposición para trabajar ... ¡Esta oportunidad es para ti! Perfil: ✔ Profesional en Ciencias Administrativas y/o Económicas y/o Contables. ✔ Mínimo 2 años de experiencia profesional. ✔ Conocimiento en información administrativa, contable y financiera. ✔ Manejo de herramientas ofimáticas. ✔ Capacidad de análisis, organización y orientación al detalle. ✔ Habilidades de comunicación y trabajo en equipo. Municipio: Barranquilla Tipo de contrato: A termino fijo Salario: A convenir Interesados enviar hoja de vida con sus respectivos soportes al correo eléctronico: seleccion@epsfamiliardecolombia.com 28 de febrero de 2026 Convocatoria valida hasta el Previous Next
- Preavisos | Familiar de Colombia
Consulta de certificados de afiliación de la EPS Familiar de Colombia Preavisos


