Plan de Beneficios en Salud
¿Qué es el Plan de beneficios con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC)?
Es el conjunto de servicios y tecnologías para la atención en salud y prestaciones económicas (incapacidades, licencias de maternidad y paternidad) a las que tienen derecho el afiliado y su grupo familiar por tener una afiliación vigente en el régimen contributivo y/o subsidiado que deben ser garantizadas por la EPS. Las coberturas de estos servicios se encuentran reglamentadas por el Gobierno Nacional en la Resolución 5857 de 2018 y son actualizadas año tras año.
¿Quiénes tienen derecho a acceder a los servicios del Plan de Beneficios?
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Los afiliados cotizantes (dependientes, independientes y los pensionados), así como los beneficiarios que conformen su grupo familiar y aquellos que cumplan con los requisitos para ser beneficiarios del régimen subsidiado.
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Servicios del Plan de Beneficios con cargo a la UPC
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Incluye un conjunto de acciones de prevención de la enfermedad y de recuperación de la salud desde la medicina preventiva básica hasta diversos tratamientos de alta complejidad, entre ellos están: Consulta odontológica Procedimientos odontológicos: obturaciones en amalgama y resina, exodoncias temporales y permanentes, tratamiento de conductos temporales y permanentes, consulta prioritaria de odontología, radiología oral, prótesis totales para usuarios con ingresos hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Actividades de promoción y prevención en Salud Oral: control de placa bacteriana, profilaxis, remoción de cálculos, sellantes de fosas y fisuras, fluorización y educación en salud oral. Atención inicial de urgencias. Diagnóstico: Laboratorio clínico, radiología, ecografías, medicina nuclear, resonancia electromagnética y escanografía.
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Hospitalización.
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Tratamientos quirúrgicos, en servicios de baja, mediana y alta complejidad.
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Apoyo terapéutico: Terapia física, respiratoria, ocupacional y del lenguaje.
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Suministro de medicamentos y principios activos señalados en la normatividad vigente.
Plan de Beneficios en Salud para comunidades Indígenas
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La población indígena afiliada al Sistema General de Seguridad social en Salud tendrá cobertura con los contenidos previstos en la Resolución 5758 de 2018, en relación con lo definido para cada régimen, incluyendo los hogares de paso las guías bilingües. Una vez se defina el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI) este será utilizado como uno de los insumos de referencia para determinar los beneficios que le serán proporcionados.
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