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SARLAFT

Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo SARLAFT

Es el Sistema adoptado para fomentar la cultura de administración de los riesgos, orientado a la prevención de la ocurrencia de delitos asociados al Lavado de Activos (LA) y la Financiación del Terrorismo (FT).

El Lavado de Activos consiste en DAR APARIENCIA DE LEGALIDAD, al origen de bienes, dineros y recursos provenientes de actividades ilícitas como el narcotráfico, el secuestro, la corrupción, el contrabando, la trata de personas, los delitos contra la administración pública, entre otros.

Incurre en este delito quien adquiera, resguarde, invierta, transporte, custodie o administre bienes que tengan origen en cualquier actividad considerada ilícita.

Etapas del SARLAFT

  • Identificación del riesgo

  • Evaluación y medición del riesgo

  • Seguimiento y monitoreo

  • Control de los riesgos

¿CUAL ES EL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVO?

Es la posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir la EPS Familiar de Colombia al ser utilizada como instrumento para el lavado de activos y/o la canalización de recursos hacia la financiación de actividades ilícitas.

Protegiendo nuestra EPS

  • Para prevenir o mitigar los riesgos, la EPS Familiar de Colombia tiene como política solicitar el diligenciamiento del conocimiento del cliente y la declaración de origen de fondos a todo trabajador cliente y/o contraparte que desee tener algún vínculo comercial.

  • Asi mimos son consultados en 298 listas restrictivas y/o vinculantes a nivel mundial.

  • Monitoreamos permanentemente a nuestros trabajadores, clientes y/o contraparte.

Señales de alerta*: Son circunstancias particulares que llaman la atención y justifican un mayor análisis. Son realizadas por personas naturales o jurídicas que presentan como actividad económica principal o secundaria aquellas relacionadas con el sector salud y que pueden llegar a presentar a manera de ejemplo las siguientes situaciones

Cliente y/o contraparte: Es toda persona natural o jurídica con quien la Entidad formaliza una relación contractual o legal, sea contratista, proveedor, suministro de medicamentos e insumos, contratos de red de prestadores, compradores y/o cualquier figura contractual que suponga inyección efectiva de recursos, como lo son los afiliados a los planes voluntarios de salud

Debida Diligencia*: Equivale a ejecutar algo con suficiente cuidado. Existen dos interpretaciones sobre la utilización de este concepto en la actividad empresarial. La primera, se concibe como actuar con el cuidado que sea necesario para evitar la posibilidad de llegar a ser considerado culpable por negligencia y de incurrir en las respectivas responsabilidades administrativas, civiles o penales. La segunda, de contenido económico y proactiva, se identifica como el conjunto de procesos necesarios para poder adoptar decisiones suficientemente informadas.

Operación Intentada*: Se configura cuando se tiene conocimiento de la intención de una persona natural o jurídica de realizar una operación sospechosa, pero no se perfecciona por cuanto quien intenta llevarla a cabo desiste de la misma o porque los controles establecidos o definidos por los agentes del SGSSS no permitieron realizarla. Estas operaciones también deberán reportarse a la UIAF.

Operación Inusual*: Aquella cuya cuantía o características no guardan relación con la actividad económica de los clientes y/o contrapartes, o que, por su número, por las cantidades transadas o por sus características particulares, se salen de los parámetros de normalidad establecidos.

Operación Sospechosa*: Es aquella que por su número, cantidad o características no se enmarca en los sistemas y prácticas normales de los negocios, de una industria o de un sector determinado y, además, que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, no ha podido ser razonablemente justificada. Cuando se detecten esta clase de operaciones, deben ser reportadas a la UIAF

Personas Expuestas Públicamente (PEP)*: Son personas nacionales o extranjeras que por razón de su cargo manejan o han manejado recursos públicos, o tienen poder de disposición sobre estos o gozan o gozaron de reconocimiento público.

Señales de alerta: Son circunstancias particulares que se observan en las personas naturales o jurídicas que llaman la atención y justifican un mayor análisis y solicitud de explicaciones al cliente.

Operación inusual:

Beneficiario Final*: Se refiere a la(s) persona(s) natural(es) que finalmente posee(n) o controla(n) a un cliente y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción, incluye también a las personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona u otra estructura jurídicas

Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF)*: Es una Unidad Administrativa Especial, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creada por la Ley 526 de 1999, modificada por la Ley 1121 de 2006, y que tiene como objetivo la prevención y detección de operaciones que puedan ser utilizadas para el Lavado de Activos o la Financiación del Terrorismo.

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