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  • Ley de Transparencia | Familiar de Colombia

    La Ley de Transparencia de la EPS Familiar de Colombia, específicamente la Ley 1712 de 2014, regula el derecho de acceso a la información pública y establece los mecanismos para garantizarlo. Su objetivo principal es asegurar que la información en poder de entidades públicas y privadas, como las EPS, sea accesible para todos los ciudadanos, promoviendo la transparencia y la participación ciudadana. / Ley de Transparencia / Ley de Transparencia y Acceso a la Información Información de la Entidad Misión, visión, funciones y deberes Estructura orgánica Mapas y cartas descriptivas de los procesos Directorio Institucional incluyendo sedes, oficinas, sucursales, o regionales, y dependencias. Directorio de empleados o contratistas. Directorio de agremiaciones, asociaciones y otros grupos de interés Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas Mecanismo de presentación directa de PQRS Información sobre decisiones que pueden afectar al público. Entes y autoridades que lo vigilan. Publicación de hojas de vida. Calendario de Actividades Normativa Normativa de la Entidad Busqueda de Normas Proyectos de normas para comentarios Contratación Manual de Contratación Política de Contratación Formatos o modelos de contratos o pliegos tipo. Formato de Conocimiento del Cliente SARLAFT Red Contratada Planeación Plan de Acción. Proyectos de Inversión Informes de empalme Información pública y/o relevante. Informes de gestión, evaluación y auditoría. Informes de la Oficina de Control Interno. Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico. Estados Financieros Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión. Ejecución presupuestal. Tramites Consulta del estado de afiliación Portal de Prestadores Portabilidad Afiliación en linea (SAT) Preguntas y Respuestas Frecuentes Sistema Único de Información de Trámites – SUIT. Portal Único del Estado Colombiano – GOV.CO. Participa Descripción General Asociación de usuarios Rendicion de Cuentas Instrumento de gestión de la información. Sección de Datos Abiertos Datos Abiertos Información específica para grupos de interés Población Vulnerale Información sobre Grupos de Riesgo Obligación de reporte de información específica por parte de la entidad Políticas de Seguridad de la Información. Correo Electrónico para Notificaciones Judiciales. Canales de Denuncia. Correo Electrónico Destinado a Canales de Denuncia. Convocatorias. Preguntas y Respuestas Frecuentes. Noticias. Ofertas de Empleo. Activos de Información Habeas Data.

  • Participación Ciudadana | Familiar de Colombia

    Conoce nuestro programa de participación ciudadana Inicio / Participación Ciudadana / Partcipación Ciudadana Participación Social Participación Social ¿De qué se trata el Menú Participa? ¿Quiénes Pueden Participar? Formas de Participación en Salud Canales de Comunicación para la PPSS Actividades PPSS Ejes estrategicos Guia PPSS Temas de salud Liga de usuarios ¿De qué se trata el Menú Participa? La participación ciudadana es el derecho que tienen todos nuestros afiliados de vincularse en acciones colectivas mediante las cuales puedan identificar y analizar problemáticas en salud y formular propuestas, de manera deliberada, democrática y concertada. Enfoque de Derechos Los afiliados son titulares y sujetos plenos para ejercer el derecho a la participación. Territorialidad Reconocimiento de las dinámicas territoriales, la diversidad y heterogeneidad de los procesos de participación Diversidad Reconocimiento y promoción de la pluralidad, heterogeneidad y singularidades de los sujetos participantes Equidad Implica el reconocimiento de las condiciones desiguales que afectan a las personas en el ejercicio de la participación. Solidaridad Capacidad de acción articulada entre los afiliados y la EPS. Transparencia Se debe tener en cuenta el ejercicio de control social de los afiliados en los procesos de participación al interior de EPS Familiar de Colombia S.A.S. Todos, a través de la asociación de usuarios EPS Familiar de Colombia S.A.S., veedurías en salud o de manera individual. ¿Qué documento debo aportar para afiliarme? ¿Quiénes Pueden Participar? Todos, a través de la asociación de usuarios EPS Familiar de Colombia S.A.S., veedurías en salud o de manera individual. Formas de Participación en Salud Alianzas/Asociaciones de Usuarios Comité de Participación Comunitaria en Salud-COPACOS Comité de Ética Hospitalaria Veedurías Ciudadanas Rendición de Cuentas Canales de Comunicación para la Participación en Salud: Participación Social Mecanismos de participación ciudadana ABC de participación ciudadana ACTIVIDADES DE POLITICA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN SALUD (PPSS) Aquí encontrarás información de cómo se ha venido adoptando la Política Pública de Participación Social en Salud, además de cómo se han implementado los principios básicos para ejercer el derecho a la participación desde diferentes instancias. 2025 Ejes estrategicos nacionales Antioquia Atlantico Bolívar Cesár Córdoba Cundinamarca La Guajira Sucre 2024 Ejes estrategicos nacionales Antioquia Atlantico Bolívar Cesár Córdoba Cundinamarca Guajira Sucre 2023 Ejes estrategicos nacionales Antioquia Atlantico Bolívar Cesár Córdoba Cundinamarca Boletines Informativos Boletín 01 Boletín 04 Boletín 02 Boletín 05 Boletín 03 Boletín 06 Guia PPSS Temas de Salud Este espacio articula la ejecución de actividades de Promoción de la Salud y Prevención de la enfermedad, orientadas al fortalecimiento de estilos y hábitos de vida saludables y al mejoramiento de la calidad de vida. Semana de la Salud Temas en Salud Actividades en Salud El Día Mundial de la Salud (DMS), que se celebra anualmente en la primera semana del cuarto mes del año, y cada año se centra en un problema de salud pública específico. Este evento está dedicado a fomentar prácticas de prevención, conciencia y autocuidado en el ámbito de la salud. Adulto Mayor Vacunación Gestantes Salud Oral Liga de Usuarios ¿Qué es una Asociación de Usuarios? Son un número plural de personas afiliadas tanto al régimen Contributivo, Subsidiado y de la población pobre y vulnerable (vinculada), que tienen derecho a recibir servicios que promuevan su salud y a utilizar los servicios de salud de acuerdo a su sistema de afiliación y los demanden, ellos velaran fundamentalmente por la calidad del servicio y la defensa de los derechos y deberes de todos los usuarios. ¿Quiénes pueden pertenecer? Toda la población que este afiliada al SGSSS a través de los regímenes Contributivo, Subsidiado y la población pobre no asegurada (conocida como vinculada), o sea aquellas personas que son atendidas en las ESE con recursos que el gobierno les transfiere, los cuales podrán pertenecer a la Asociación de Usuarios, de tal manera que se debe mantener un libro de registro para dicho procedimiento en forma permanente, ya que, este es un espacio abierto, mas no cerrado. Se sugiere que todo este procedimiento se haga a través de la oficina del Servicio de Información y Atención al Usuario (SIAU) y/o Servicio de Atención al Cliente. ¿En donde deben constituirse? En las Empresas Promotoras de Salud (EPS) Régimen Subsidiado y contributivo. En las instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPS) y en las Empresas Sociales del Estado (ESE) Tanto de carácter o condición privada, mixta o pública. ¿Para qué sirven? En las IPS se conforman para vigilar la prestación, calidad y oportunidad de los servicios de salud, la defensa de los derechos y velar por el cumplimiento de los deberes de los usuarios. En las Aseguradoras (EPS) se constituyen para velar por el cumplimiento de las obligaciones administrativas de las entidades y por la prestación y calidad de los servicios que contratan a través de la red de prestación de servicios de salud. ¿Qué es ser Usuario? La calidad de usuario se configura cuando una persona hace uso de los servicios de salud en una Institución Prestadora de Servicios de Salud y esto le da el pleno Derecho y Deber a hacer parte de la correspondiente Asociación/Alianza de Usuarios. ¿Qué determina ser miembro de una Asociación/Alianza de Usuario?, Es todo o toda usuaria que reuniendo las condiciones de usuario anotadas anteriormente está inscrito en el Libro de Registro de la Asociación, y trabaja conjuntamente con los demás integrantes de manera permanente en cumplimiento de sus funciones legales y acoge y acata la dinámica organizacional propuesta por la Asociación de Usuarios, cuyo reglamento es el resultado de acuerdos consensuales entre los integrantes de la organización de usuarios y está legalmente reconocida. 7. ¿Qué soporta la legalidad de una Asociación de usuarios? La legalidad de la asociación o alianza de usuarios, la da el acta de la asamblea de conformación; no obstante, si esto lo desean, pueden obtener personería jurídica; pero, las autoridades territoriales de salud, no pueden exigirles personería jurídica para tenerlas como validas ¿Si opta por la Personería Jurídica, donde la debe tramitar? Ante la Cámara de Comercio, debe tramitar y registrar su correspondiente Personería Jurídica. 9. ¿Cuál es la normatividad que rige a las Asociaciones de Usuarios? Las Asociación de usuarios están regidas por el Decreto 1757 de 1994 y la Circular Externa 047 de 2007 de Supersalud. ¿En la convocatoria para elegir a los delegados de la Asociación de usuarios se debe aplicar lo establecido en el Decreto 1757 de 1994 invitando a los usuarios demandantes de los servicios de salud en la ESE durante el último año? Este mecanismo es inicial para constituirla, o sea para el momento de su fundación, pues en esta etapa los usuarios se organizan en una Asociación o Alianza de usuarios, es decir, no es una constante, de tal manera que, ya constituida solo se convoca a los integrantes o asociados de esta organización para que entre ellos elijan a sus delegados ante las distintas instancias que tienen representación: Comité de Ética Hospitalaria, Comité de Participación Comunitaria, Junta Directiva de la ESE, Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud y ejercer veeduría en las instituciones del sector, entonces debe ser entre sus asociados/integrantes y no entre todos los usuarios pues ya hubo una convocatoria inicial a los usuarios en general. 11.¿Cómo debe ser su organización y funcionamiento interno? Democrático: "...La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos”. ".... Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos". 12.¿Es viable legalmente y pueden coexistir varias asociaciones de usuarios en una misma EPS o IPS? No se encuentra disposición alguna que restringa la organización de las alianzas o asociaciones de usuarios a un número determinado, por tal razón se considera que en una misma EPS, e IPS pueden coexistir varias asociaciones o alianzas de usuarios, sea que estas se organicen por enfermedad o por cualquier otra circunstancia, ya que ese número plural de asociaciones a alianzas no estaría afectando el ejercicio de las funciones que éstas tienen asignadas. ¿Las Asociaciones de Usuarios por cuánto tiempo se constituyen? Este organismo de participación ciudadana, podrá funcionar indefinidamente, no siendo necesaria su renovación posterior o en el futuro constituir una nueva asociación de usuarios. .¿Las Asociaciones o Alianzas de Usuarios son organizaciones civiles o gubernamentales? “…ni el Decreto 1757 de 1994 ni ninguna otra disposición normativa ha determinado de forma taxativa si las alianzas o asociaciones de usuarios tienen un carácter civil o son una organización gubernamental, no obstante y desde el punto de vista conceptual, consideramos que dichas organizaciones tienen un carácter civil, toda vez que las mismas no han sido creadas como entes del estado o gubernamentales de forma que se les pudiera aplicar las normas administrativas que regulan la actividad de las entidades públicas”. ¿Quiénes pueden participar en la (s) Asociación de usuarios de las EPS? En la Asociación de usuarios de una EPS del Régimen Contributivo y Subsidiado sólo pueden participar los afiliados a ésta. ¿Se puede constituir organizaciones de usuarios del orden departamental o nacional? Si, en cada Departamento del país podrá existir una Asociación, Liga o Alianza por cada Entidad Administradora de Planes de Beneficios y Prestadora de servicios de Salud, donde ésta tenga presencia. Representantes de ellas conformarán la Asociación, Liga o Alianza del orden nacional. .¿Se puede revocar una Asamblea por la poca participación de los integrantes de la Asociación de usuarios? La norma contempla la posibilidad expresa de que se revoque un proceso de convocatoria aduciendo poca participación de los usuarios, en este último caso, le corresponderá a la jurisdicción contenciosa el determinar o no la validez de la decisión adoptada en el sentido de revocar la convocatoria aduciendo la poca validez de los usuarios”. Integrantes a nivel nacional Cronograma Capacitación Convocatorias Conformación Asociación de Usuarios

  • Liga de Usuarios | Familiar de Colombia

    La Liga de Usuarios de la EPS Familiar de Colombia, también conocida como Asociación de Usuarios, es un grupo de afiliados que se organizan para velar por la calidad de los servicios de salud y la defensa de los derechos de los usuarios dentro de la EPS. Su objetivo principal es asegurar que la EPS cumpla con sus obligaciones y que los servicios de salud se presten de manera adecuada y oportuna. Inicio / Liga de Usuarios / Liga de Usuarios Liga de Usuarios ¿Qué es una Asociación de Usuarios? Son un número plural de personas afiliadas tanto al régimen Contributivo, Subsidiado y de la población pobre y vulnerable (vinculada), que tienen derecho a recibir servicios que promuevan su salud y a utilizar los servicios de salud de acuerdo a su sistema de afiliación y los demanden, ellos velaran fundamentalmente por la calidad del servicio y la defensa de los derechos y deberes de todos los usuarios. ¿Quiénes pueden pertenecer? Toda la población que este afiliada al SGSSS a través de los regímenes Contributivo, Subsidiado y la población pobre no asegurada (conocida como vinculada), o sea aquellas personas que son atendidas en las ESE con recursos que el gobierno les transfiere, los cuales podrán pertenecer a la Asociación de Usuarios, de tal manera que se debe mantener un libro de registro para dicho procedimiento en forma permanente, ya que, este es un espacio abierto, mas no cerrado. Se sugiere que todo este procedimiento se haga a través de la oficina del Servicio de Información y Atención al Usuario (SIAU) y/o Servicio de Atención al Cliente. ¿En donde deben constituirse? En las Empresas Promotoras de Salud (EPS) Régimen Subsidiado y contributivo. En las instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPS) y en las Empresas Sociales del Estado (ESE) Tanto de carácter o condición privada, mixta o pública. ¿Para qué sirven? En las IPS se conforman para vigilar la prestación, calidad y oportunidad de los servicios de salud, la defensa de los derechos y velar por el cumplimiento de los deberes de los usuarios. En las Aseguradoras (EPS) se constituyen para velar por el cumplimiento de las obligaciones administrativas de las entidades y por la prestación y calidad de los servicios que contratan a través de la red de prestación de servicios de salud. ¿Qué es ser Usuario? La calidad de usuario se configura cuando una persona hace uso de los servicios de salud en una Institución Prestadora de Servicios de Salud y esto le da el pleno Derecho y Deber a hacer parte de la correspondiente Asociación/Alianza de Usuarios. ¿Qué determina ser miembro de una Asociación/Alianza de Usuario?, Es todo o toda usuaria que reuniendo las condiciones de usuario anotadas anteriormente está inscrito en el Libro de Registro de la Asociación, y trabaja conjuntamente con los demás integrantes de manera permanente en cumplimiento de sus funciones legales y acoge y acata la dinámica organizacional propuesta por la Asociación de Usuarios, cuyo reglamento es el resultado de acuerdos consensuales entre los integrantes de la organización de usuarios y está legalmente reconocida. 7. ¿Qué soporta la legalidad de una Asociación de usuarios? La legalidad de la asociación o alianza de usuarios, la da el acta de la asamblea de conformación; no obstante, si esto lo desean, pueden obtener personería jurídica; pero, las autoridades territoriales de salud, no pueden exigirles personería jurídica para tenerlas como validas ¿Si opta por la Personería Jurídica, donde la debe tramitar? Ante la Cámara de Comercio, debe tramitar y registrar su correspondiente Personería Jurídica. 9. ¿Cuál es la normatividad que rige a las Asociaciones de Usuarios? Las Asociación de usuarios están regidas por el Decreto 1757 de 1994 y la Circular Externa 047 de 2007 de Supersalud. ¿En la convocatoria para elegir a los delegados de la Asociación de usuarios se debe aplicar lo establecido en el Decreto 1757 de 1994 invitando a los usuarios demandantes de los servicios de salud en la ESE durante el último año? Este mecanismo es inicial para constituirla, o sea para el momento de su fundación, pues en esta etapa los usuarios se organizan en una Asociación o Alianza de usuarios, es decir, no es una constante, de tal manera que, ya constituida solo se convoca a los integrantes o asociados de esta organización para que entre ellos elijan a sus delegados ante las distintas instancias que tienen representación: Comité de Ética Hospitalaria, Comité de Participación Comunitaria, Junta Directiva de la ESE, Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud y ejercer veeduría en las instituciones del sector, entonces debe ser entre sus asociados/integrantes y no entre todos los usuarios pues ya hubo una convocatoria inicial a los usuarios en general. 11.¿Cómo debe ser su organización y funcionamiento interno? Democrático: "...La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos”. ".... Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos". 12.¿Es viable legalmente y pueden coexistir varias asociaciones de usuarios en una misma EPS o IPS? No se encuentra disposición alguna que restringa la organización de las alianzas o asociaciones de usuarios a un número determinado, por tal razón se considera que en una misma EPS, e IPS pueden coexistir varias asociaciones o alianzas de usuarios, sea que estas se organicen por enfermedad o por cualquier otra circunstancia, ya que ese número plural de asociaciones a alianzas no estaría afectando el ejercicio de las funciones que éstas tienen asignadas. ¿Las Asociaciones de Usuarios por cuánto tiempo se constituyen? Este organismo de participación ciudadana, podrá funcionar indefinidamente, no siendo necesaria su renovación posterior o en el futuro constituir una nueva asociación de usuarios. .¿Las Asociaciones o Alianzas de Usuarios son organizaciones civiles o gubernamentales? “…ni el Decreto 1757 de 1994 ni ninguna otra disposición normativa ha determinado de forma taxativa si las alianzas o asociaciones de usuarios tienen un carácter civil o son una organización gubernamental, no obstante y desde el punto de vista conceptual, consideramos que dichas organizaciones tienen un carácter civil, toda vez que las mismas no han sido creadas como entes del estado o gubernamentales de forma que se les pudiera aplicar las normas administrativas que regulan la actividad de las entidades públicas”. ¿Quiénes pueden participar en la (s) Asociación de usuarios de las EPS? En la Asociación de usuarios de una EPS del Régimen Contributivo y Subsidiado sólo pueden participar los afiliados a ésta. ¿Se puede constituir organizaciones de usuarios del orden departamental o nacional? Si, en cada Departamento del país podrá existir una Asociación, Liga o Alianza por cada Entidad Administradora de Planes de Beneficios y Prestadora de servicios de Salud, donde ésta tenga presencia. Representantes de ellas conformarán la Asociación, Liga o Alianza del orden nacional. .¿Se puede revocar una Asamblea por la poca participación de los integrantes de la Asociación de usuarios? La norma contempla la posibilidad expresa de que se revoque un proceso de convocatoria aduciendo poca participación de los usuarios, en este último caso, le corresponderá a la jurisdicción contenciosa el determinar o no la validez de la decisión adoptada en el sentido de revocar la convocatoria aduciendo la poca validez de los usuarios”. Integrantes a nivel nacional Cronograma Capacitación Convocatorias Conformación Asociación de Usuarios Agrupación de actividades

  • EPS familiar de Colombia

    EPS Familiar de Colombia estamos junto a ti en cada momento de tu vida, cuidando, protegiendo y garantizando tu salud 1/21 Atención y Servicios a la Ciudadanía Canales de atención Referencia y Contrarreferencia Circular Ext. 008 - Dec.441 Circular Externa 000011 Certificado de afiliación Peticiones,Quejas y Reclamos Carta DyD y Desempeño Medicamentos y otras tecnologías Información Grupos de Riesgo Población AIC PAPSIVI InfoFAMILIAR Enlaces de interés Con la estrategia Medicamentos al Día, la EPS Familiar de Colombia fortalece el seguimiento a los pendientes de medicamentos en la Departamental Atlántico Ver más Una Historia de Fortaleza y Superación: El Camino de Jairo Castro Ver más La Familia Más Grande de Colombia consolida confianza al mantenerse entre las EPS con menos reclamos Ver más CUIDAR NUESTRA SALUD ES AMAR NUESTRA VEJEZ Ver más RED de servicios Certificado de afiliación Rendición de cuentas Afiliación transaccional SAT Copagos y cuotas moderadoras

  • Resolucion 1552 | Familiar de Colombia

    La Resolución 1552 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia, trata sobre la obligatoriedad de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) de mantener agendas abiertas para la asignación de citas de medicina general y especializada, todos los días hábiles. Esto significa que las EPS no pueden negarse a recibir solicitudes de citas ni establecer plazos arbitrarios para asignarlas. Resolución 1552 Año 2026 Enero Febrero Marzo Abril Mayo Resolución 1552 Año 2025 Enero Julio Febrero Agosto Marzo Septiembre Abril Octubre Mayo Noviembre Junio Diciembre Resolución 1552 Año 2024 Enero Julio Febrero Agosto Marzo Septiembre Abril Octubre Mayo Noviembre Junio Diciembre Resolución 1552 Año 2023 Enero Julio Febrero Agosto Marzo Septiembre Abril Octubre Mayo Noviembre Junio Diciembre Resolución 1552 Año 2022 Mayo Octubre Junio Noviembre Julio Diciembre Agosto Septiembre

  • Rendición de Cuentas | Familiar de Colombia

    La rendición de cuentas es un proceso mediante el cual quienes toman decisiones sobre la gestión de lo público, cumplen su deber y responsabilidad de explicar, dar a conocer o responder a la ciudadanía sobre el manejo de lo público y sus resultados. Rendición de cuentas Política de Rendición de Cuentas Política de Rendición de cuentas Informes Trimestrales Informes Trimestrales 2026 I Trimestre Informes Trimestrales 2025 I Trimestre II Trimestre III Trimestre IV Trimestre I Trimestre II Trimestre III Trimestre IV Trimestre Informes Trimestrales 2024 I Trimestre II Trimestre III Trimestre IV Trimestre Informes Trimestrales 2023 II Trimestre III Trimestre IV Trimestre Informes Trimestrales 2022 Rendiciones de Cuentas Rendición de Cuentas 2025 Presentación Rendición de Cuentas 2025 Reglamento Audiencia Rendición de Cuentas 2025 Informe de rendición de Cuentas Formulario de Preguntas Rendición de Cuentas Ir al formulario Rendición de Cuentas 2024 Presentación Rendición de Cuentas 2024 Acta Realización Rendición de Cuentas 2024 Reglamento Audiencia Rendición de Cuentas 2024 Formulario de Preguntas Rendición de Cuentas Ir al formulario Presentación Rendición de Cuentas 2023 Acta Realización Rendición de Cuentas 2023 Reglamento Audiencia Rendición de Cuentas 2023 Formulario de Preguntas Rendición de Cuentas Ir al formulario Rendición de Cuentas 2023 Informe Anual 2022 Acta Realización Rendición de Cuentas 2022 Reglamento de Audiencia Pública Rendición de Cuentas vigencia 2022 Formulario de Preguntas Rendición de Cuentas Ir al formulario Rendición de Cuentas 2022 Publicaciones Rendición de Cuentas Publicaciones Rendición de Cuentas Año 2025 Publicaciones Rendición de Cuentas Año 2024 Publicaciones Rendición de Cuentas Año 2023 Publicaciones Rendición de Cuentas Año 2022 Circular Externa Número 000008 de 2020 Pagos Realizados a las IPS y Proveedores de Servicios y Tecnologias en Salud Mayo 2026 Abril 2026 Marzo 2026 Febrero 2026 Enero 2026 Diciembre 2025 Noviembre 2025 Octubre 2025 Septiembre 2025 Agosto 2025 Julio 2025 Junio 2025 Abril 2025 Mayo 2025 Marzo 2025 Febrero 2025 Enero 2025 Diciembre 2024 Versión 2 Versión 1 Noviembre 2024 Versión 2 Versión 1 Octubre 2024 Versión 2 Version 1 Septiembre 2024 Versión 2 Versión 1 Agosto 2024 Versión 2 Versión 1 Julio 2024 Versión 2 Versión 1 Junio 2024 Versión 2 Versión 1 Mayo 2024 Versión 2 Versión 1 Abril 2024 Versión 2 Versión 1 Marzo 2024 Versión 2 Versión 1 Febrero 2024 Versión 2 Versión 1 Enero 2024 Diciembre 2023 Noviembre 2023 Octubre 2023 Septiembre 2023 Agosto 2023 Julio 2023 Junio 2023 Mayo 2023 Abril 2023 Marzo 2023 Febrero 2023 Enero 2023 Diciembre 2022 Noviembre 2022 Octubre 2022 Septiembre 2022 Agosto 2022 Julio 2022 Junio 2022 Mayo 2022 Reporte Incremento UPC Circular externa 000046 de 2025 Reporte Incremento UPC Circular Externa 000046 de 2025 Circular Externa 2024150000000001-5 30 de Enero 2024 Reporte Incremento UPC Incremento UPC Circular Externa 2024150000000001-5 De 2024 Incremento UPC_Circular_2023150000000006-5 de 2023_Junio_2024 Circular Externa 2023150000000006-5 de 2023 Pagos realizados por concepto de incremento de UPC Pagos de ajustes por UPC a IPS de La Guajira Mayo 2023 Abril 2023 Marzo 2023 Febrero 2023 Enero 2023 Ajuste Incremento UPC Enero 2023 - Abril 2023

  • Sarlaft | Familiar de Colombia

    Sistema de Adminsitración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo Inicio / Sarlaft / SARLAFT Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo SARLAFT Es el Sistema adoptado para fomentar la cultura de administración de los riesgos, orientado a la prevención de la ocurrencia de delitos asociados al Lavado de Activos (LA) y la Financiación del Terrorismo (FT). El Lavado de Activos consiste en DAR APARIENCIA DE LEGALIDAD, al origen de bienes, dineros y recursos provenientes de actividades ilícitas como el narcotráfico, el secuestro, la corrupción, el contrabando, la trata de personas, los delitos contra la administración pública, entre otros. Incurre en este delito quien adquiera, resguarde, invierta, transporte, custodie o administre bienes que tengan origen en cualquier actividad considerada ilícita. Etapas del SARLAFT Identificación del riesgo Evaluación y medición del riesgo Seguimiento y monitoreo Control de los riesgos ¿CUAL ES EL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVO? Es la posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir la EPS Familiar de Colombia al ser utilizada como instrumento para el lavado de activos y/o la canalización de recursos hacia la financiación de actividades ilícitas. Protegiendo nuestra EPS Para prevenir o mitigar los riesgos, la EPS Familiar de Colombia tiene como política solicitar el diligenciamiento del conocimiento del cliente y la declaración de origen de fondos a todo trabajador cliente y/o contraparte que desee tener algún vínculo comercial. Asi mimos son consultados en 298 listas restrictivas y/o vinculantes a nivel mundial. Monitoreamos permanentemente a nuestros trabajadores, clientes y/o contraparte. Formulario SARLAFT Persona Natural Formulario SARLAFT Persona Jurídica Instructivo para Prestadores de Servicios de Salud Instructivo para Proveedores Línea Ética y anticorrupción: +573043200340 Definiciones Señales de alerta*: Son circunstancias particulares que llaman la atención y justifican un mayor análisis. Son realizadas por personas naturales o jurídicas que presentan como actividad económica principal o secundaria aquellas relacionadas con el sector salud y que pueden llegar a presentar a manera de ejemplo las siguientes situaciones Cliente y/o contraparte: Es toda persona natural o jurídica con quien la Entidad formaliza una relación contractual o legal, sea contratista, proveedor, suministro de medicamentos e insumos, contratos de red de prestadores, compradores y/o cualquier figura contractual que suponga inyección efectiva de recursos, como lo son los afiliados a los planes voluntarios de salud Debida Diligencia* : Equivale a ejecutar algo con suficiente cuidado. Existen dos interpretaciones sobre la utilización de este concepto en la actividad empresarial. La primera, se concibe como actuar con el cuidado que sea necesario para evitar la posibilidad de llegar a ser considerado culpable por negligencia y de incurrir en las respectivas responsabilidades administrativas, civiles o penales. La segunda, de contenido económico y proactiva, se identifica como el conjunto de procesos necesarios para poder adoptar decisiones suficientemente informadas. Operación Intentada*: Se configura cuando se tiene conocimiento de la intención de una persona natural o jurídica de realizar una operación sospechosa, pero no se perfecciona por cuanto quien intenta llevarla a cabo desiste de la misma o porque los controles establecidos o definidos por los agentes del SGSSS no permitieron realizarla. Estas operaciones también deberán reportarse a la UIAF. Operación Inusual* : Aquella cuya cuantía o características no guardan relación con la actividad económica de los clientes y/o contrapartes, o que, por su número, por las cantidades transadas o por sus características particulares, se salen de los parámetros de normalidad establecidos. Operación Sospechosa* : Es aquella que por su número, cantidad o características no se enmarca en los sistemas y prácticas normales de los negocios, de una industria o de un sector determinado y, además, que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, no ha podido ser razonablemente justificada. Cuando se detecten esta clase de operaciones, deben ser reportadas a la UIAF Personas Expuestas Públicamente (PEP)* : Son personas nacionales o extranjeras que por razón de su cargo manejan o han manejado recursos públicos, o tienen poder de disposición sobre estos o gozan o gozaron de reconocimiento público. Señales de alerta: Son circunstancias particulares que se observan en las personas naturales o jurídicas que llaman la atención y justifican un mayor análisis y solicitud de explicaciones al cliente. Operación inusual: Beneficiario Final*: Se refiere a la(s) persona(s) natural(es) que finalmente posee(n) o controla(n) a un cliente y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción, incluye también a las personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona u otra estructura jurídicas Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF)*: Es una Unidad Administrativa Especial, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creada por la Ley 526 de 1999, modificada por la Ley 1121 de 2006, y que tiene como objetivo la prevención y detección de operaciones que puedan ser utilizadas para el Lavado de Activos o la Financiación del Terrorismo.

  • Mapa de Sitio | Familiar de Colombia

    Mapa de Sitio EPS Familiar de Colombia

  • Manuales | Familiar de Colombia

    Los manuales de la EPS Familiar de Colombia establecen las directrices para la prestación de servicios de salud y la atención integral a sus afiliados, enfocándose en la prevención, la promoción de la salud y la atención de calidad. Estos documentos abarcan aspectos como el funcionamiento de la red de prestadores, la gestión de riesgos financieros, la atención primaria y la atención a usuarios, además de guiar la conformación y operación de equipos básicos de salud. / Manuales / Manuales Manuales Programa de capacitación anual Planeación documental Participación ciudadana y asociación Referencia y contrareferencia Contratación de servicios de salud Auditoría integral de calidad Seguimiento PAMEC Seguimiento indicadores calidad Proteccion especifica y RIAS Auditoria Concurrente Manual de politicas y procedimientos SARLAFT Gestión y seguimiento de alto costo Manual de Vigilancia Epidemiológica Manual de atencion integral

  • Normativa | Familiar de Colombia

    La normativa de la EPS Familiar de Colombia, específicamente EPS Familiar de Colombia, se rige principalmente por el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) de Colombia. Esta EPS surgió de la división del programa de salud de la Caja de Compensación Familiar de Sucre (Comfasucre) y está encargada de la afiliación, gestión y prestación de servicios de salud a sus afiliados. / Normativa / Normativa de la Entidad Normativa de la Entidad Formulario Electrónico de Solicitudes, Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias Normatividad

  • News11

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  • Trabaja con Nosotros (List) | Familiar de Colombia

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