Convocatoria para Miembros Junta Directiva
LA EPS FAMILIAR DE COLOMBIA SAS
NIT 901.543.761-5
INFORMA:
Que según el artículo 52 de sus estatutos, lo siguiente:
Artículo 52. La Sociedad tendrá una Junta Directiva compuesta por nueve (9) directores, elegidos por la Asamblea General de Accionistas. Podrán ser accionistas o no.
Así mismo, el artículo 53, indica o define los requisitos mínimos para ser miembro patrimonial de la Junta Directiva
Artículo 53. Requisitos para ser director de la Junta Directiva. Para ser elegido director de la Junta Directiva se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Acreditar experiencia en cargos directivos o administrativos o miembros de junta directivas de EPS o agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de cinco (5) o más años.
ii) Acreditar título profesional en cualquiera de las siguientes: a) ciencias de la salud, b) derecho, y c) ciencias económicas y administrativas, c) ingeniera de sistema.
iii) Acreditar título de posgrado en cualquiera de las indicadas en el numeral 2 o en su defecto 20 años de experiencia en administración el sistema de salud
Se excepciona en su Parágrafo único.
Parágrafo único: Excepciones. Excepcionalmente un número menor de cuatro (4) directores podrán acreditar cualquier otro título profesional; técnico o tecnológico o siempre que acrediten más de quince (15) años de experiencia en cargos de dirección o administración o miembros de junta directiva de EPS o agentes del Sistema de Seguridad Social en Salud.
DIRECTORES INDEPENDIENTES, según Circular externa 0007 de 2017 de la Superintendencia Nacional de salud.
Serán directores independientes, aquellos que al momento de su elección no tienen determinadas relaciones con la sociedad, con los accionistas, sus subordinadas o accionistas con participación accionaria igual o mayor al 5 % de las acciones suscritas con los mayoritarios.
Requisitos o condiciones para ser elegido director independiente:
a) No ser empleado, administrador, socio, accionista o aportante de capital de cualquiera de las siguientes entidades:
b) No ser asesor, consultor, contratista o proveedor de bienes o servicios, de cualquiera de las entidades mencionadas bajo el literal a) precedente, cuando los ingresos derivados de la respectiva relación representen el veinte (20%) o más de los ingresos de la persona dentro de un mismo año calendario, incluyendo aquellas personas que hubieren tenido alguna de tales calidades durante el año inmediatamente anterior a la designación.
c) No ser acreedor de la Sociedad, las empresas accionistas de la sociedad, o de sus subordinadas, cuando las acreencias representen el veinte (20%) o más de los pasivos de la respectiva entidad deudora o de ambas en conjunto, incluyendo aquellas personas que hubieren tenido dicha calidad durante el año inmediatamente anterior a la designación.
d) No ser funcionario o directivo de entidad pública que tenga legalmente asignadas funciones de regulación o supervisión del mercado público de valores, incluyendo aquellas personas que hubieren tenido alguna de tales calidades durante el año inmediatamente anterior a la designación.
e) Titular de un derecho en litigio contra los accionistas y/o quienes actúen o hayan actuado como apoderado, defensor, perito o testigo del demandante, durante el tiempo que duren tales procesos.
f) No ser cónyuge, compañero permanente o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o segundo civil, de cualquiera de las personas mencionadas en el primer inciso de los literales a), b), c), d), e) y f) precedentes;
g) No ser directivo de la EPS o de alguna de sus filiales, subsidiarias o controlantes, incluyendo aquellas personas que hubieren tenido tal calidad durante el año inmediatamente anterior a la designación, salvo que se trate de la reelección de una persona independiente; y
h) persona natural que reciba directamente de la EPS alguna remuneración diferente a los honorarios como director de la junta directiva, del comité de contraloría interna o de cualquier otro comité creado por la junta directiva.
El periodo para ejercer como miembro de la junta directiva, se encuentra establecido en el artículo 54 que al tenor reza:
Artículo 54. Período de la junta directiva. Los directores de la Junta Directiva serán elegidos para periodos de cinco (5) años y podrán ser reelegidos indefinidamente o removidos libremente antes del vencimiento de su periodo. Si la Asamblea General de Accionistas no hiciere nueva elección de directores, se entenderá prorrogado su mandato hasta tanto se efectúe nueva designación.
Para mayor claridad sobre los requisitos, remitirse a los estatutos de la EPS y la Circular 0007 de 2017, los cuales se encuentran publicados en la página web de la EPS.
En el siguiente cronograma, se encuentran las fechas y las actividades a tener en cuenta:.
Actividad | Fecha | Lugar |
---|---|---|
Emisión de informe sobre resultado del estudio y análisis de las HV de los aspirantes a miembros de junta directiva | 28 de marzo de 2022 | correos de los socios accionista de la EPS Familiar de Colombia SAS: 1.Red med: redmed.notificaciones@gmail.com - redmedsas @gmail.com 2.Punto vital: institucional @puntovitalips.com 3.Ortopédicaeuropea:gerencia@ortopedicaeuropea.com 4.Viva 1a : ljulio @viva1a.com.co 5.Gobernación de Sucre: juridica @sucre.gov.co |
Estudio y análisis de las HV recepcionadas en la página web de la EPS de los aspirantes a miembros de junta directiva | 28 de marzo de 2022 | En el domicilio social de la EPS Familiar de Colombia |
Cierre de convocatoria de postulación para ser miembros de la junta directiva | 25 de marzo de 2022 hasta las 4:00 pm hora colombiana. | Página web de la EPS Familiar de Colombia SAS: www.epsfamiliardecolombia.com, en el siguiente link: https://www.epsfamiliardecolombia.com/postulaciones |
Publicación de la convocatoria y Entrega formato HV diligenciado de los aspirantes | 23 de marzo de 2022 | Página web de la EPS Familiar de Colombia SAS: www.epsfamiliardecolombia.com, en el siguiente link: https://www.epsfamiliardecolombia.com/postulaciones |
Para los independientes, se debe tener en cuenta lo establecido en la Circular Externa 0007 de 2017 de la Superintendencia Nacional de Salud, en el numeral 3.2 Definiciones:
Que teniendo en cuenta lo anterior, se convoca a todos los interesados en formar parte de la junta directiva de la EPS Familiar de Colombia SAS, a que postulen su hoja de vida al siguiente correo juridica@epsfamiliardecolombia.com , de acuerdo a formato adjunto.
Documentos Adjuntos a tener en cuenta:
Formato Postulación