
Medicina
Laboral


La medicina laboral en Colombia es un conjunto de actividades médicas que se encargan de promover la salud y el bienestar de los trabajadores. Se enfoca en prevenir y atender enfermedades y lesiones relacionadas con el trabajo.
La EPS Familiar de Colombia presta los servicios especializados en Medicina Laboral con una gestión eficiente y oportuna de las solicitudes de los afiliados en el régimen Contributivo, como lo son la determinación de origen de accidentes de trabajo y enfermedades laborales y respuesta o apelación a notificaciones antes las Juntas Regionales de Calificación.
La EPS gestiona los servicios relacionados con Medicina laboral por los procesos de: Atención Integral al Siniestro, Calificación de origen AT y Calificación de origen EL, Calificación de pérdida de capacidad laboral (PCL), Valoración Médico Laboral, Diligenciamiento de formatos de rehabilitación y dar respuesta oportuna a todas las solicitudes remitidas por los afiliados.
Para el proceso de medicina laboral la EPS Familiar de Colombia realiza las siguientes calificaciones:

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La Calificación para determinar el origen de los eventos de Enfermedad Laboral (EL) la EPS determinará el origen de los eventos de Enfermedad Laboral (EL) reportados por los aportantes, emitiendo dictamen de calificación de origen de acuerdo con los fundamentos de hecho y derechos exigidos en la norma, mediante análisis documental y/o valoración presencial del afiliado. Dentro de las actividades para este proceso se encuentran:
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Análisis de los expedientes aportados por el afiliado, de acuerdo con las guías clínicas y protocolos de reconocimiento nacional y/o valoración presencial, de acuerdo con la solicitud del cliente.
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Determinación del origen del evento.
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Revisión y aval del comité interdisciplinario de calificación.
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Entrega emisión del dictamen de calificación de origen.
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La Calificación para determinar el origen AT Accidente de Trabajo: La EPS determinará el origen de los eventos de accidente de trabajo (AT) reportados por los aportantes, emitiendo dictamen de calificación de acuerdo con los fundamentos de hecho y de derecho exigidos en la normatividad vigente y notificados a todas las partes interesadas. Dentro de las actividades para este proceso se encuentran:
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Análisis de los expedientes físicos de aquellos casos con sospecha de cursar con un presunto accidente de trabajo, de acuerdo con guías clínicas y protocolos de reconocimiento nacional.
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Determinación del origen del evento.
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Revisión y aval del comité interdisciplinario de calificación.
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Emisión de dictamen de calificación de origen de acuerdo con la normatividad vigente.
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Si tu accidente o enfermedad es de origen común, este es el paso a paso del proceso:
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Días 1 y 2: el pago de los primeros dos días los asume tu empleador.
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Del día 3 hasta el día 180 la EPS será la responsable de esos auxilios. Toma nota: Según la ley, desde el día 3 hasta el día 90, el pago de incapacidades será equivalente a dos terceras partes de tu sueldo (el 66,67%). Del día 91 en adelante, recibirás el 50% de tu salario. El apoyo económico que recibas nunca puede ser menor al salario mínimo.
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Entre el día 120 y 150, el médico tratante de la EPS deberá emitir un concepto de rehabilitación que puede ser favorable o desfavorable sobre tu estado y cuáles son tus probabilidades de volver a trabajar.
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En caso de ser favorable, del día 180 al 540 la incapacidad será pagada por tu fondo de pensiones. Si se emite un concepto desfavorable en ese tiempo, se suspende el pago de incapacidades y comienza un proceso de calificación de pérdida de capacidad laboral.
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Después del día 540, en caso de que persista el concepto favorable sobre las posibilidades de reintegrarte a tu trabajo, el pago de incapacidades lo debe asumir nuevamente tu EPS. Desde el Fondo de Pensiones debe realizar la Calificación de Perdida Laboral PCL para validar si retorna a la EPS como incapacidad de origen común.
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La Calificación para determinar la Pérdida de Capacidad Laboral (PCL): la EPS validará de acuerdo con conceptos y pruebas que determinen la pérdida de capacidad laboral a las solicitudes remitidas por los afiliados a la EPS, este proceso incluye actividades esenciales tales como:
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Recepción de los casos remitidos por parte de la EPS a través del correo electrónico el canal de radicación definido por el mismo.
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Solicitud y recopilación de los documentos necesarios para la calificación.
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Seguimiento a la solicitud de pruebas a las partes interesadas con el fin de determinar la pérdida de capacidad laboral dentro de los términos establecidos por la Ley.
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Valoración medico laboral del afiliado en modalidad presencial o documental.
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Análisis de los expedientes aportados, de acuerdo con el manual único de calificación de invalidez vigente por parte de médicos especialistas en salud ocupacional o medicina del trabajo.
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Determinación del porcentaje de pérdida de capacidad laboral y elaboración del dictamen de calificación de acuerdo con la legislación vigente.
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La Valoración con Médico Laboral para los afiliados activos en el régimen contributivo que requieran valoración a través de un médico laboral, con el fin de definir el estado actual de la patología y proceder a determinar la pérdida de capacidad laboral y ocupacional según proceda. Para los afiliados de la EPS la prestación del servicio de medicina laboral se realizará presencial de acuerdo con una red de prestadores de medicina laboral en las ciudades principales o de manera documental, este proceso incluye actividades esenciales tales como:
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Identificación de los casos.
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Asignación de cita al afiliado
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Valoración médica presencial en las instalaciones de nuestros aliados estratégicos ubicados a nivel nacional (ciudades principales).
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Entrega de concepto de medicina laboral de acuerdo con la causa que genera la valoración médico laboral
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El Concepto Rehabilitación se realiza mediante formato donde se registra el concepto sobre el pronóstico de la patología que tiene el afiliado y que ha cumplido 120 días continuos de incapacidad, con el fin de ser remitido al fondo de pensiones.
El concepto de rehabilitación se realizará mediante el análisis documental de los conceptos emitidos por los especialistas tratantes donde se define el pronóstico funcional y ocupacional. Excepcionalmente si el caso lo requiere o se considera técnicamente necesario, se realiza valoración presencial, ya que el proceso estipula realizar el peritaje basados en los hallazgos que el médico tratante encuentra y consigna en las historias clínica y ocupacional.
Para realizar solicitudes a la EPS por concepto de valoración por medico laboral, calificación de origen por enfermedad laboral, valoración capacidad de pérdida de capacidad laboral o concepto de rehabilitación puede enviar su solicitud al correo: aseguramiento.notificaciones@epsfamiliardecolombia.com
Diferencia entre la ARL y una EPS
Corresponde a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), a las compañías de seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte, y a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), determinar en primera oportunidad la pérdida de capacidad laboral y calificar el grado de invalidez y el origen de las contingencias.
ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES – ARL

Las ARL (Administradoras de Riesgos Laborales) sirven para prevenir, atender y proteger a los trabajadores de los riesgos laborales, como accidentes y enfermedades profesionales. Facilitan la prevención de riesgos en el trabajo, brindan atención médica y de rehabilitación en caso de accidentes o enfermedades laborales y cubren los costos por atenciones medicas y pagan las prestaciones económicas correspondientes. Las Administradoras de Riesgos Laborales realizan las siguientes actividades:
Prevención:
Las ARL trabajan con las empresas para identificar y controlar los riesgos laborales, diseñando e implementando programas de prevención.
Atención y Rehabilitación:
En caso de accidentes o enfermedades laborales, la ARL se encarga de la atención médica, la rehabilitación y el seguimiento del trabajador. Y cubre los siguientes servicios:
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Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica
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Servicios de hospitalización
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Servicio odontológico
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Suministro de medicamentos
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Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento
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Rehabilitación
Accidente Laboral se produce:
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Durante la ejecución de órdenes del empleador
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En el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa.
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Al ejecutar actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador
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Al ejercer funciones sindicales.
Prestaciones Económicas:
La ARL también cubre las prestaciones económicas como subsidios por incapacidad temporal, indemnizaciones por incapacidad permanente, pensiones de invalidez y sobrevivientes, y auxilio funerario.
Si tienes problemas con el reconocimiento o pago de las prestaciones por parte de la ARL, puedes: Llegar a un acuerdo con tu empleador ó presentar demanda ante el juez laboral.
Aseguradoras de Riesgos:
Las ARL son aseguradoras de vida que cubren los riesgos laborales, incluyendo aquellos que puedan ocurrir en el camino al trabajo.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES - AFP

AFP son las siglas de Administradora de Fondos de Pensiones. Son entidades privadas que se encargan de administrar los ahorros de los trabajadores para que puedan tener una pensión en el futuro. Son sociedades anónimas que tienen por objetivo administrar un fondo de pensiones y otorgar a sus afiliados las prestaciones que establece la ley.
¿Cuando una incapacidad pasa al Fondo de Pensiones?
Si la persona sigue incapacitada después de 180 días el pago de la incapacidad deberá pagarla el Fondo de Pensiones y a partir de este momento se entraría a valorar una pensión de invalidez, hasta los 540 días de incapacidad.
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Pensión por Incapacidad:
Una pensión por incapacidad se solicita cuando una persona pierde su capacidad para trabajar a causa de una enfermedad o accidente. Para solicitarla, se debe presentar una solicitud ante la entidad de pensiones a la que se esté afiliado.
Requisitos para solicitar pensión por incapacidad
• Estar afiliado a la entidad de pensiones
• Presentar la documentación exigida
• Que la EPS expida una certificación de finalización o concepto de imposibilidad de recuperación (Perdida de Capacidad Laboral 50% o más)
• Haber cotizado 50 semanas dentro de los últimos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de la invalidez.
Proceso de solicitud
• Determinar si el accidente o enfermedad es de origen laboral o común
• Presentar la solicitud ante la entidad de pensiones
• La entidad de pensiones remite el caso a las juntas de calificación de invalidez
Incapacidades laborales
• Si el accidente o enfermedad es de origen laboral, la ARL (Administradora de Riesgos Laborales) lo reconoce
• Si es de origen común, la EPS y si es laboral el fondo de pensiones lo reconocen.
• Si la pérdida de la capacidad laboral está entre el 5% y el 49.99%, se llama incapacidad permanente parcial y las ARL pagarán una indemnización.
• Las incapacidades de origen profesional o laboral se deberán pagar desde el primer día por la Aseguradora de Riesgos Laborales – ARL, y el pago será del 100% del salario.
Incapacidades temporales
• El empleador reconoce los 2 primeros días de incapacidad al 100% del salario
• A partir del 3° día es la EPS quien asume el pago.
Monto de la pensión
• Si la invalidez es superior al 50% e inferior al 66%, la pensión será equivalente al 60% del ingreso base de liquidación.
• Si la invalidez es superior al 66%, la pensión será equivalente al 75% del ingreso base de liquidación.
Si se tiene alguna controversia con la AFP, se puede acudir al juzgado laboral.
JUNTAS DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ - JCI

Las Juntas de Calificación de Invalidez son entidades que determinan la pérdida de capacidad laboral de una persona. Estas juntas pueden ser regionales o nacionales.
Funciones de las Juntas de Calificación de Invalidez:
Calificar la pérdida de capacidad laboral o el estado de invalidez
Resolver controversias sobre el origen de una enfermedad, accidente o muerte
Revisar la pérdida de capacidad laboral y el estado de invalidez
Emitir dictámenes
Citar a las personas para valoración
Actuar como peritos en procesos judiciales o administrativos
Ayudar al Ministerio de trabajo a actualizar el manual de calificación de la invalidez y otros formularios.
Compilar los dictámenes de las juntas regionales y nacionales para unificar criterios de interpretación.
Procedimiento de calificación Evaluar el riesgo laboral y extralaboral, Valorar al paciente, realizar estudios a nivel nacional e internacional, seguir las guías del Ministerio del Trabajo.
Proceso de revisión de Calificación de Invalidez
Se realizan actividades por las diferentes instancias competentes
Se toma la decisión sobre el porcentaje de pérdida de capacidad laboral
Casos de pérdida de capacidad laboral
Incapacidad permanente parcial: pérdida de capacidad laboral entre el 5% y el 49,99%
Invalidez: pérdida de capacidad laboral igual o mayor al 50%
Tiempo para resolver recurso reposición desde la Junta de calificación de Invalidez
La junta regional de calificación de invalidez debe resolver el recurso de reposición en un tiempo de diez (10) días siguientes a su presentación. El trámite del recurso de reposición no tiene costo alguno.
Pago de honorarios a Junta de calificación de Invalidez
Los honorarios de las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez son pagados por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) si el origen de la perdida laboral es común o la Administradora del Fondo de Pensiones (AFP) si el origen de la perdida laboral es laboral.
Vigilancia a Junta de calificación de Invalidez
La inspección, vigilancia y control al cumplimiento, adopción, actualización e implementación del Manual de Procedimiento para el Funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez establecido y adoptado mediante la presente resolución, le corresponde a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo
Reclamación ante Junta de calificación de Invalidez
Si no estás de acuerdo con la calificación de invalidez, puedes presentar una reclamación ante la ARL o a la Junta Regional de Calificación de Invalidez.
• Manifiesta tu inconformidad por escrito dentro del plazo establecido (El dictamen queda firme si no se interpone un recurso de reposición o apelación dentro de los 10 días siguientes a su notificación)
• La ARL o entidad que calificó en primera instancia envía el caso a la Junta Regional de Calificación de Invalidez
• La Junta Regional de Calificación de Invalidez emite una segunda decisión.
• Si no estás de acuerdo con la decisión de la Junta Regional, puedes apelar a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez
• La Junta Nacional de Calificación de Invalidez emite una tercera calificación, que es definitiva.
• La calificación de invalidez tiene una vigencia de un año.
• Si no se está de acuerdo con el dictamen, se puede acudir a la justicia laboral ordinaria.
Si necesitas asesoría con JCI, puedes acudir a: El Inspector del Trabajo, La Personería, La Defensoría del Pueblo, Consultorios Jurídicos de tu municipio, Casas de justicia.
Normativa que regula las Juntas de Calificación de Invalidez
Decreto 1352 de 2013
Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, Decreto 1072 de 2015
Resolución 2050 de 2022