Medicamentos
y otras
Tecnologias
¿Cómo solicitar medicamentos y otras tecnologias en salud ambulatorias?
Antes de finalizar la consulta con el profesional tratante, revisa que la fórmula entregada contenga la siguiente información:
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Nombre del profesional, lugar y fecha de expedición
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Tus datos personales y de afiliación correctos.
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Medicamento: nombre, concentración, presentación, vía de administración, dosis, frecuencia y cantidad total.
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Dispositivos médicos: nombre de producto y la descripción del uso.
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Alimentos con propósito medico: nombre, concentración, presentación, frecuencia y cantidad total
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Y demás insumos en salud: deben ser clara las indicaciones en su utilización
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La duración del tratamiento y vigencia de la fórmula.
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Firma y sello con número de registro del profesional.
*La fórmula debe estar totalmente diligenciada en original y copia, sin tachones ni enmendaduras.
De acuerdo con la información brindada en la IPS donde recibiste la atención médica, dirígete a la farmacia de la red contratada.
Requisitos
1. La fórmula medica debe ser vigente, clara en su prescripción y si es Mipres deberá estar firmado por el médico.
2. La fórmula médica tiene una vigencia de 30 días calendario. Pasado este tiempo deberás solicitar una nueva cita médica y el médico te expedirá una nueva fórmula.
3. En caso de medicamentos ordenados para más de tres (3) meses, la farmacia te entregara los medicamentos de manera mensual y deberás acercarte cada mes a recibirlos
4. La fórmula para medicamentos de control especial tendrá vigencia de 15 días.
5. Acércate a la farmacia con tu documento de identidad como afiliado a la EPS Familiar de Colombia
6. Cuota moderadora o copago (si aplica), en lo posible valores exactos para evitar contaminación en el momento de la dispensación de tus medicamentos.
7. Autorización o direccionamiento (mipres) vigente por EPS Familiar de Colombia, según sea el caso.
Decreto 2200 de 2005 “Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones”. Capítulo IV.
Normatividad que establece la responsabilidad de la EPS con la entrega de medicamentos
Señor afiliado a la EPS FAMILIAR DE COLOMBIA, sabias que la Resolución 1604 de 2013, en su capítulo I, articulo1, tiene por objeto informar que hay un plazo no mayor a 48 horas, para garantizar la entrega de medicamentos en su residencia o trabajo, si así lo prefiere el afiliado y sea producto de una entrega incompleta inicial por parte del prestador que tiene contratado la aseguradora (EPS); se entiende, que este tiempo inicia, desde que el afiliado reclamó los medicamentos.
Si tienes alguna Petición, Queja, Reclamo o Denuncia, Sugerencia o Felicitaciones con respecto a este tema o algún otro en salud, tu EPS Familiar te ofrece los siguientes canales: Página WEB, 018000417802, CALL CENTER 6052798923, OFICINAS EN EL MUNICIPIO DE RESIDENCIA.
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